Con motivo de la declaración del Estado de Alarma por el Gobierno de España, según el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, quedan SUSPENDIDOS LOS PLAZOS ADMINISTRATIVOS, de todo tipo de actuaciones municipales.
Según la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 463/2020, quedan suspendidos términos y se interrumpen los plazos en la tramitación de procedimientos administrativos hasta que el Real Decreto pierda vigencia (incluidas prórrogas).